martes, 20 de septiembre de 2016

Yosa de Garcipollera

          Fue el primer pueblo adquirido por el Patrimonio Forestal del Estado (PFE) en el Valle de La Garcipollera y su compra actuó en gran medida como catalizador para que el resto de núcleos de este valle al norte de Jaca siguieran sus mismos pasos. En el momento de realizar el segundo ofrecimiento de venta por parte de los vecinos, en 1952, ya había varias casas cerradas de la docena con las que llegó a contar este pueblo. Contaba con dos barrios bien marcados y en el primero se ubicaban Casa Barrio, Casa Coloráu, Casa Flaire, Casa Marco, Casa Marín, Casa Piquero y Casa Sastre. En el otro barrio se levantaban Casa Andalecio, Casa Bailador, Casa Chuanico, Casa Tejedor y Casa Venancio.

          Prácticamente todos sus habitantes presentaron un ofrecimiento de venta ante el PFE firmado un 18 de agosto de 1948. De mutuo acuerdo habían acordado solicitar a ese organismo forestal un precio de 1.500.000 Pts. Tras un informe previo y sencillo el PFE pudo confirmar su interés por esos terrenos que ocupaban unas 430 Ha aunque el precio le pareció elevado. Así se les comunicó a los propietarios quienes no presentaron oferta a la baja alguna. El tiempo pasó sin haber novedades y en mayo de 1952 los vecinos enviaron un escrito ofreciendo de nuevo sus terrenos aunque esta vez decidieron fijar el importe en 1.250.000 Pts. Por su parte el PFE elaboró su valoración exhaustiva y obtuvo un precio para este monte de tan sólo 532.879,66 Pts. El Director General del PFE dio instrucciones para que fuera precisamente ese el precio de adquisición a proponer a la parte vendedora.
Vista de Yosa de la Garcipollera y su entorno hacia 1960. Foto: Archivo Cartagra

          Como era de prever, en noviembre de 1952 el alcalde pedáneo de Yosa remitió una carta en la que manifestaba su rechazo total a vender por ese importe. En ese mismo escrito aprovechó para hacer una contraoferta que fijó el precio de venta en 1.000.000 Pts. Ese importe seguía lejos de las pretensiones del PFE. Este organismo estaba por esas fechas tramitando la declaración de todo el Valle de La Garcipollera como zona de Interés Forestal lo que acarrearía importantes implicaciones. Estas sin embargo no aceptaron a este expediente de compra pero sí a otros que afectaron a pueblos de este valle. Mientras ese trámite se concluía el tiempo pasaba y los vecinos se impacientaban. Tanto, que a finales de junio de 1953 presentaron una nueva oferta a la baja que fijaron en 650.000 Pts. Aquél importe fue del agrado del ingeniero Miguel Navarro Garnica, responsable de la Brigada Aragón del PFE con sede en Zaragoza. Sin embargo desde la dirección del organismo forestal en Madrid se mantuvieron en el precio resultante de la valoración.

          A la vista de la postura inamovible del PFE, con fecha 10 de octubre de 1953 los vecinos de Yosa presentaron por escrito la aceptación de vender su pueblo y su monte por las susodichas 532.879,66 Pts. Así pues, el siguiente paso ya se dio en presencia del notario de Jaca David Mainar Pérez. Un 21 de marzo de 1956 todas las partes se dieron cita en el despacho del mismo para proceder a la firma de la escritura de compra-venta de este monte. Debido a las deficiencias de inscripción registral detectadas en el Registro de la Propiedad de Jaca, en ese acto sólo se pagó a los propietarios un total de 18.903,32 Pts correspondientes a las únicas 4,7 Ha registradas. Tal cual marcaba la Ley Hipotecaria vigente en esos momentos, para cobrar el resto de dinero depositado en una cuenta del Ministerio de Hacienda, debían de transcurrir dos años. Durante ese periodo de tiempo y como era de prever, nadie distinto a los propietarios reclamó la propiedad de esa superficie no inscrita en el Registro de la Propiedad de Jaca. Así pues, el 30 de septiembre de 1958 se volvieron a juntar ante el mismo notario en la ciudad de Jaca. Ese día los propietarios se repartieron proporcionalmente a la superficie de la que eran propietarios, un total de 508.386,55 que correspondían a las 426,1 Ha que conformaron el denominado exceso de cabida. En este importe se incluyó un 4% correspondiente a cada uno de los dos años que se retrasó en el pago. 


Fuentes y bibliografía:

- Fondo Documental del Monte; Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, Madrid
- Archivo Servicio Provincial Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca, Gobierno de   
  Aragón
- Mi agradecimiento explícito a Merche Pérez por las imágenes facilitadas de esta zona

viernes, 16 de septiembre de 2016

Los Consorcios



           Ya ha sido comentado el gran interés que tanto los responsables del Patrimonio Forestal del Estado (PFE) como los del gobierno dictatorial del momento, demostraron tener respecto al tema de la repoblación forestal de nuestro país. Bien puede decirse que por la implicación de unos y otros, esta materia acabó conformándose claramente en una cuestión de Estado. A la hora de dar la cobertura legal a aquella política forestal se pensaron prácticamente todas las posibilidades que podrían darse sobre el terreno, para de esa forma, dejarlas perfectamente atadas y así garantizarse el cumplimiento de los objetivos marcados. De tal forma, para aquellos casos en los que no consiguieran la propiedad de los terrenos, bien por falta de acuerdo entre ambas partes o por otros motivos, discurrieron una fórmula intermedia que les permitiría acometer igualmente la repoblación forestal sobre terrenos ajenos. A esa fórmula se la  conoció como Consorcio
No era lo habitual pero en algunos casos hasta incluso se llegó a señalizar los terreron consorciados. La publicidad también jugaba a favor del Patrimonio Forestal del Estado. Foto: Archivo Cartagra

             La Orden del Ministerio de Agricultura del 6 de noviembre de 1951 sirvió para regular la declaración de consorcios en los montes de utilidad pública, es decir, aquellos cuya pertenencia correspondía a los ayuntamientos y otras entidades. Básicamente sirvió para establecer el grado de participación y la coordinación necesaria entre los dos organismos forestales existentes en esos momentos. Por un lado estaban los Distritos Forestales (DD FF), también de implantación provincial y quienes desde siempre habían venido gestionado los montes públicos.  Por el otro lado estaba el PFE quien tenía la encomienda de llevar a la práctica de la política repobladora en nuestro país. Pero fue necesario solventar también como se garantizaba la repoblación en aquellos otros montes propiedad de particulares, de entidades locales menores o comunidades de propietarios. La repoblación de todos ellos quedaba en esos momentos al margen de los dos organismos anteriormente citados, el PFE y los DD FF . Esa situación quedó solventada con la promulgación de la Ley de 7 de abril de 1952 sobre auxilio para la repoblación forestal en terrenos de propiedad pública y particular
Gráfico de la época en la que se representaba el número de Consorcios por provincia y en función de la propiedad del suelo. Foto: Archivo Cartagra

          De esta forma, con la aprobación de una ley y una orden ministerial quedó prácticamente resuelta la cuestión que ahora nos atañe. Así pues, independientemente de quien fuera el propietario de los terrenos, la cosa funcionaría del siguiente modo. La propiedad entregaba la finca en cuestión al PFE y este organismo se encargaría a partir de entonces de cuantas cuestiones fueran necesarias para completar su repoblación forestal: preparación del terreno, obtención de la planta, repoblación propiamente dicha, conservación y mejora de la plantación o la propia dirección técnica de todos esos trabajos. Los gastos derivados de estas operaciones corresponderían íntegramente al PFE quien en ningún caso cobraría de forma directa o indirecta ninguna clase de cuota al propietario quien seguiría manteniendo integra la propiedad sobre su terreno en todo momento. Transcurridos los plazos de tiempo aconsejables habría que realizar sucesivos aclareos en esas repoblaciones para, llegado el momento, realizar la corta final. Sería entonces cuando en función del volumen de madera resultante y del precio obtenido por la venta de la misma, cuando las dos partes deberían concretar de qué forma se procedía al reparto de los posibles beneficios obtenidos. Todas estas cuestiones quedarían recogidas en las Bases del Consorcio que no era otra cosa que un documento a modo de contrato firmado entre ambas partes.

           Cuando el dueño del terreno era una entidad pública o bien era de propiedad comunal, el porcentaje que se fijó para ellos rondaba entre un 30% y un 55%. En cambio, si la propiedad correspondía a propietarios particulares, el porcentaje podía oscilar entre un 25% y un 40%. Con ese mejor trato hacia las entidades públicas propietarias del terreno, el PFE buscó principalmente espolear a ayuntamientos, mancomunidades y diputaciones de modo que estos vieran despejada cualquier posible duda o temor a la hora de plantearse firmar un consorcio con el PFE. Según el propio PFE, en los consorcios que se firmaban sobre terrenos de carácter público “…se obra con largueza y generosidad al determinar el porcentaje que debería corresponder (1). El porcentaje definitivo que finalmente se aplicaba dentro de los rangos antes apuntados estuvieron generalmente directamente relacionados con la calidad de los terrenos que aportaban los propietarios. Prácticamente todas las Bases firmadas en los numerosísimos consorcios propiciados por el PFE mantuvieron unas partes idénticas en su contenido. Se intentó señalar con la mayor claridad posible desde el objetivo que se perseguía, la descripción de los terrenos afectados, la constitución de una Junta de Gestión y el señalamiento de las funciones de la misma o el modo de realizar los aprovechamientos. También se contempló la obligación de confeccionar una memoria anual en la que recoger la labor realizada dentro del consorcio cada año. Tal labor debía ser sometida posteriormente a la consideración de la Junta de Gestión antes señalada. Llegado el momento de la corta final, esta misma Junta era la que debería aprobar la distribución de los posibles beneficios.


Cuadro resúmen donde quedan recogidas las superficies afectadas por Consorcios en España durante un período de nada menos que 40 años. Foto: Archivo Cartagra

        De la importancia que el PFE llegó a conceder a esta forma de conseguir repoblaciones dan buena cuenta las siguientes cifras. En todo el país entre 1940 y 1963 el PFE consiguió firmar hasta 6.069 consorcios que afectaron nada menos que a 2.173.552 Ha cuya titularidad correspondía tanto a montes públicos como a otros de propiedad particular, de ayuntamientos, diputaciones o mancomunidades. En nuestra provincia se firmaron consorcios tanto con ayuntamientos como con particulares. De forma muy resumida puede decirse que los consorcios que se firmaron con ayuntamientos entre el periodo que va desde 1943 hasta 1971 ascendió a 104 montes y supuso la repoblación de unas 29.000 Ha aproximadamente. Por lo que se refiere a los consorcios firmados con particulares estos afectaron a más de 54.000 Ha. Durante el periodo que discurrió entre 1950 y 1966 se firmaron hasta 207 consorcios de este tipo. Así pues, la superficie consorciada en total en la provincia de Huesca afectó a más de 83.000 Ha entre unos y otros (2). A esa cifra aún habría que añadir la superficie repoblada sobre los montes que finalmente acabó comprando el PFE en nuestra provincia estimada en 75.000 Ha más.




Fuentes y Bibliografía:

- (1): Patrimonio Forestal del Estado, Memoria Resumen 1940-1949; Mº de Agricultura, Madrid, 1951.

- (2): Archivo Fondo Documental del Monte; Mº de Agricultura y Medio Ambiente, Madrid.


Pardina Usieto




          Dada la numerosa presencia de estas propiedades diseminadas a lo largo y ancho del prepirineo más occidental de la provincia de Huesca, iba siendo ya hora de hablar detenidamente de una de ellas. Y lo voy a hacer de una ubicada en la vertiente sur de la Sierra de Belarra conocida como Pardina Usieto y una extensión de unas 828 Ha. Su propiedad correspondía a nada menos que 23 propietarios diferentes entre los que se repartían un total de 64 partes indivisas. Esos propietarios se repartían entre pueblos de las inmediaciones como Azpe, Abellada, Bara, Nocito y Bentué de Nocito. A su vez todos ellos conformaban la denominada Sociedad la Honor de Nocito quienes eran también propietarios de otras pardinas en ese territorio.

Aspecto que presentaba la Pardina Usieto en 1957 con todos sus campos de labor bien evidentes.     Foto: Fototeca IGN
          En noviembre de 1952 todas las partes se pusieron de acuerdo para ofrecer su venta al Patrimonio Forestal del Estado. Pero en el mismo escrito incluyeron la venta de otras cuatro pardinas más: Pardina Sierrahún, Pardina Zamora, Parina del Plano y Pardina de Cubilas. De su carta de ofrecimiento se extrae una breve reseña donde la describía del siguiente modo: “…está cubierta en su mayoría de pinos y pastos habiendo una paridera con casa vivienda y dos pajares y algunas grandes zonas de cultivo de cereal”. El precio que de mutuo acuerdo solicitaron las numerosas partes se fijó en 3.000.000 Pts. 
Vista que presenta en la actualidad el entorno de esta pardina con todos sus campos cubiertos por pinar repoblado. Foto: Fototeca IGN

          Los responsables del Patrimonio Forestal vieron rápidamente las posibilidades forestales de estos terrenos y encargaron el preceptivo informe a uno de sus ingenieros. Tras la obligada visita sobre el terreno realizada  a finales de 1954 se redactó un informe en el que se destacaba la existencia de una zona de unas 200 Ha la cual había sido objeto de una fuerte corta. Esta circunstancia junto al precio solicitado inicialmente llevaron al PFE a solicitar a los propietarios una rebaja sobre el precio inicial. El tiempo fue transcurriendo sin presentarse novedades pues el empeño de aquella sociedad propietaria era la de vender todas las pardinas a la vez o ninguna. 


          La situación no se desbloqueó hasta que la Sociedad la Honor de Nocito no presentó una nueva oferta de venta a la baja. Así, para la Pardina Usieto rebajó sus pretensiones hasta 1.500.000 Pts. En enero de 1958 el PFE decidió se procediera a la elaboración de un informe completo de esta pardina. Lo firmó el ingeniero Alfonso Villuendas a finales de enero de 1959 y ratificó el interés por estos terrenos debido a la clara vocación foresta de los mismos. Poco tiempo después la compra fue ratificada en el Pleno del Consejo del PFE celebrado en junio de ese mismo año. 
 
Antiguos campos del entorno de la Pardina Usieto convertidos en jovenes pinares de repoblación de poco más de medio siglo   Foto: Archivo Cartagra

          De las 829 Ha que tenía esta pardina sólo había debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad de Boltaña que 328,9 Ha cuyo montante ascendía a 595.260,43 Pts. Este sería el importe que se repartieron proporcionalmente a sus participaciones aquellos 23 propietarios. El acto de la venta tuvo lugar ante el notario oscense Mariano López un 30 de abril de 1960. Esta circunstancia supuso a su vez la presencia de un exceso de cabida de nada menos que 500 Ha por las que se les retuvieron 904.739,5 Pts. Como en otros casos, los propietarios debieron esperar a que discurrieran los dos años para que el PFE pudiera consolidar la propiedad sobre esa superficie no registrada. Finalmente un 7 de marzo de 1961 todas las partes se dieron cita nuevamente ante el mismo notario y en la misma ciudad para proceder cobrar el importe retenido y a la firma de la denominada escritura de carta de pago.





Fuentes y Documentación:

- Archivo Servicio Provincial Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón en Huesca. 
- Fondo Documental del Monte; Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, Madrid.




miércoles, 7 de septiembre de 2016

Campo



            Una vez más, la imagen original de Julio Soler Santaló nos transmite una esencia y una época que sólo una buena fotografía es capaz de conseguir. Este viajero y fotógrafo catalán la tomó en 1912 en una de sus incursiones en territorio aragonés. A buen seguro que aprovecharía una parada en Campo durante el tortuoso camino que habría de conducirle a las montañas de la Ball de Benás. De esta toma destaca el conjunto de niños que miran descaradamente al fotógrafo asomado seguramente al balcón de Casa la Rafeta. Allí apostado, el trípode de madera y su voluminosa cámara de fuelle llamarían también la atención de algún adulto. Además de las mujeres algo más tímidas y en segundo plano, resalta la pose con aspiraciones señoriales del caballero que se apoya sobre el primer carro. Aunque pasa algo inadvertido, también merece la pena centrarse en el crucero de piedra que por esas fechas lucía en el centro de la Plaza Mayor de Campo.

Plaza Mayor de Campo en junio de 1912. Foto: Julio Soler Santalo

            En la actualidad este rincón de Campo sigue presidido por el majestuoso Turbón, cuya cima calcárea domina la mayoría del territorio de la Ribagorza. La señorial plaza de Campo mantiene aún los esbeltos arcos orientados al norte. Como sucede en otros muchos pueblos hoy en día, la mayoría de las fachadas antaño encaladas, ahora nos muestran la piedra a la vista y perfectamente rejuntada. Aunque las de Casa Chandoz, Casa el Rubio, Casa Vitor y Casa Prats lucen sus fachadas revocadas.

Aspecto actual de la Plaza Mayor de Campo con los nombres de la mayoría de las casas que la jalonan Foto: Archivo Cartagra

            La volumetría de los distintos edificios tan solo ha sufrido ligeros cambios. Este es el caso de Casa Aventín, Casa Toño Roy y Casa Prats que han aumentado su espacio habitable bajo sus respectivas cubiertas. Los carros han dejado paso a los actuales vehículos a motor aunque con muy buen criterio, estos tienen limitado su tránsito por el interior de la misma en favor de los peatones que pasan a ser los verdaderos protagonista y beneficiados de la misma. Otra diferencia evidente nos la aporta el cambio de la teja árabe por otra teja cerámica, bien evidente en el tejado de Casa Aventín. La mala perspectiva de las vivienda orientadas al sur ha condicionado la inclusión de comentario alguno sobre las mismas.

Vista de la Plaza Mayor en la actualidad donde casi todo es idéntico a la toma de 1912 y donde resalta la ausencia del crucero. Foto: Archivo Cartagra

            En la vista actual de la Plaza Mayor de Campo destaca rápidamente la ausencia del esbelto crucero de piedra. Pero que nadie se asuste pues este no ha desaparecido definitivamente sino que tan sólo ha sido trasladado de lugar. En la actualidad se ubica frente a la iglesia de Campo y al lado del ayuntamiento, donde sigue manteniendo prácticamente el mismo porte de antaño.
Ubicación actual del curcero tras ser trasladado desde la Plaza Mayor en los años 60 del pasado siglo. Foto: Archivo Cartagra
            Pero rebuscando entre unos sitios y otros, también he encontrado imágenes de la Plaza Mayor de Campo que bien meresen ser mostradas en este post. Su contemplación nos permitirá comparar y vislumbrar de una forma más detallada como ha ido evolucionando este bonito rincón de esta localidad ribagorzana.
Procesión en la Plaza Mayor de Campo hacia 1934. Foto: Autor desconocido
Postal antigua que muestra otro aspecto de esta plaza de Campo hacia 1960: Foto: Sesé
             Una nueva vista de la plaza de principios de los años 70 del pasado siglo aproximadamente              



PD: Mi agradecimiento expreso y personal a Carmen Fuster, oriunda de Casa Catalina de Campo aunque desde hace ya unos cuantos años, emigrada como otros tantos a Barcelona donde sigue residiendo en la actualidad. Su gran amabilidad hizo posible que pudiera subir a su casa y asomarme al balcón para tomar la fotografía de la Plaza Mayor de Campo en la actualidad.